Después de que el anterior acuerdo terminara su vigencia el 31 de diciembre de 2021, el pasado 5 de mayo, USO, junto a los representantes de las patronales, de la Administración y resto de sindicatos, firmó el acuerdo sobre Medidas para la Mejora de la Calidad de la Educación en la enseñanza concertada.
En este acuerdo, USO ha sido el único sindicato en presentar enmiendas al borrador del texto previamente enviado por la Consejería de Educación, y algunas de ellas nos han sido aceptadas, con la consiguiente mejora.
El acuerdo recoge los siguientes puntos:
I. ADMISIÓN Y ESCOLARIZACIÓN DEL ALUMNADO EN LOS CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS
II. INCORPORACIÓN DE LOS CENTROS CONCERTADOS A LA PLATAFORMA EDUCATIVA RAYUELA
Al igual que en acuerdos anteriores, se sigue insistiendo en el uso de la plataforma Rayuela para incluir los datos de organización y funcionamiento de los centros.
III. PAGA EXTRAORDINARIA DE ANTIGÜEDAD A LOS DOCENTES QUE FIGUREN EN LA NÓMINA DE PAGO DELEGADO DE LOS CENTROS PRIVADOS
Con la firma de este Acuerdo, se garantiza el abono de la paga por antigüedad por parte de la Administración para los años 2022, 2023 y 2024.
IV. MANTENIMIENTO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO EN EL SECTOR DE LA ENSEÑANZA CONCERTADA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
Se mantiene el Censo para la Recolocación de Docentes cuyos contratos hayan sido extinguidos como consecuencia de una disminución de unidades concertadas.
USO presentó una modificación en uno de los criterios de exclusión que sería no aceptar un puesto de trabajo “en cualquier centro educativo concertado de la Comunidad Autónoma”. Nosotros consideramos que fuera modificado por “la provincia” y así se ha recogido.
También presentamos una modificación, que fue aceptada, para que en las vacantes de los centros concertados y con el objetivo de facilitar la recolocación a los docentes del Censo, se incluya que solo se exigirán las titulaciones mínimas legalmente requeridas.
Para la determinación del personal afectado por la extinción del contrato, se tomarán como criterios de prelación los que a continuación se especifican:
- Trabajadores que de forma voluntaria opten por la extinción de su puesto de trabajo.
USO ha presentado una modificación que da mayor seguridad jurídica para los trabajadores que elijan esta opción, y así no peligre su derecho a indemnización ni a la correspondiente prestación por desempleo.
- Trabajadores con menor antigüedad en el centro.
- La menor edad del trabajador.
- Trabajadores con menor número de personas dependientes a su cargo
V. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO
Para la supervisión del desarrollo de este Acuerdo y la evaluación de su grado de cumplimiento, se constituirá una Comisión de seguimiento.
VI. VIGENCIA
El presente Acuerdo estará vigente con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.
Además de estas modificaciones aceptadas, USO presentó otras diez propuestas que la Administración no aceptó en esta ocasión pero que seguiremos reivindicando en posteriores reuniones, tales como:
- Crear un artículo que recoja la posibilidad de amortizar la unidad suprimida con la jubilación parcial y el consiguiente contrato de relevo para quien tuviera que abandonar el Centro, siempre que cumpliera los requisitos marcados por la ley para dicho derecho.
- Incluir en el Censo de Recolocación a todo trabajador que vea reducida su jornada laboral y poder recuperarla posteriormente.
- USO pidió a la Administración educativa que se hiciera cargo de las indemnizaciones no solo por extinción del contrato, sino también por reducción. Este punto sería muy importante en el caso de supresión de unidades en Secundaria.
Aunque estemos ante un Acuerdo mejorable, USO valora positivamente su firma al asegurar cuestiones fundamentales como la paga de antigüedad para los próximos tres años, y el que la Consejería de Educación haya aceptado algunas de las modificaciones presentadas por nuestra central sindical para mejorarlo.
Si queréis leer el acuerdo completo, haced clic en la imagen: